Servicio de medicina ocupacional

Equipo médico en planta para prevención, control y cuidado integral de la salud de tu personal.

Servicio de Medicina laboral

Nuestro servicio se rige por la Resolución 905/15 de la SRT. La cuál establece servicios obligatorios para las empresas de tener un Servicio de Medicina del Trabajo interno o externo que garantice la salud psicofísica del trabajador mediante capacitaciones y la promoción de habitos saludables y ergonómicos. Asimismo realizar actividades conjuntas con seguridad e higiene para desarrollar:

  • Mapa de Riesgo.
  • Relevamiento de Agentes de Riesgo (RAR).
  • Evaluación de riesgos por puesto.
  • Medidas correctivas.
  • Exámenes periódicos.
  • Planes de Prevención.
  • Coordinación con ART: Verificar acciones con Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

Leyes • Resoluciones • Normativas

Metas Cuantitativas
  1. Mejorar el índice de ausentismo por enfermedad.
  2. Reducir el índice de accidentabilidad y gravedad en puestos de trabajo, junto con Seguridad e Higiene. Diseñar planes de prevención y capacitación.
  3. Mejorar los Índices Sanitarios Generales (ISG): evaluaciones médicas periódicas no ART (médica general + análisis clínicos básicos).

Prevención • Ergonomía • Evaluaciones Periódicas

Metas Cualitativas

Concebidas como elementos integradores dentro de un plan primario estructurado por área, en lo que atañe a la salud de las personas.

  • Selección de Personal inclusión como evaluador externo de competencias físicas para el puesto (exposición a agentes de riesgo) y colaborador/guía en la orientación y comprensión del puesto para el personal selector.
  • Gestión de Servicios a Colaboradores participación dentro del proceso de atención y acompañamiento.
  • Toma de Decisiones Sanitarias participación en contrataciones de ART, servicios de emergencias, condiciones de prestación y consideraciones sobre ausentismo (inculpable y de causal laboral).
Inserción
Integración
Intercambio
Permanencia